Emisiones CO2 transporte marítimo europeo

Fuente: EMSA MRV


MRV: Control, notificacion y verificación las emisiones

A partir del 1 de enero de 2018, los grandes buques de más de 5.000 toneladas brutas que carguen o descarguen carga o pasajeros en puertos del Espacio Económico Europeo (EEE) deberán hacer un seguimiento y notificar sus emisiones de CO2 correspondientes y otra información pertinente. El seguimiento, la notificación y la verificación (MRV) de la información se harán de conformidad con el Reglamento 2015/757 (modificado por el Reglamento Delegado 2016/2071).

DCS : Sistema de Recogida de Datos (OMI)

Tras la adopción del Reglamento de la UE sobre MRV, la OMI estableció un Sistema de Recogida de Datos (DCS) de la OMI. El sistema exige a los propietarios de grandes buques (de más de 5.000 toneladas brutas) dedicados al transporte marítimo internacional que comuniquen la información sobre el consumo de combustible de sus buques a los Estados de abanderamiento de los mismos.

El sistema de la OMI entró en vigor en marzo de 2018 y la recopilación de datos sobre el consumo de combustible comenzó el 1 de enero de 2019. Como resultado, a partir de 2019, los buques que hagan escala en los puertos del EEE tendrán que informar tanto en virtud del Reglamento MRV de la UE como del sistema de recopilación de datos de la OMI.

En febrero de 2019, la Comisión Europea hizo una propuesta para modificar el Reglamento MRV de la UE para tener debidamente en cuenta el sistema DCS de la OMI, si bien mantiene un mayor nivel de transparencia, publicando los datos de cada buque, que incluyen las toneldas trasnportadas, mientras que DCS publica infomación agregada.

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